Ante el riesgo de expansión de la enfermedad denominada Coronavirus (COVID-19), y la necesidad de dar estricto cumplimiento a las medidas adoptadas por la Secretaría de la Función Pública, en su carácter de organismo central normativo en todo lo relacionado con la función pública, el Intendente Municipal de Cambyretá Javier Pereira dispuso a través de la resolución 223/2020 cuanto sigue:
1°) ADOPTAR el protocolo de aplicación de medidas preventivas ante el riesgo de expansión del coronavirus (COVID-19) en los Organismos y Entidades del Estado, conforme al Anexo que forma parte de la presente resolución, aprobado por Resolución N° 146/2020 de la Secretaría de la Función Pública, el cual forma parte integral de la presente resolución;
2°) DISPONER que los servidores públicos de esta institución municipal en estado de gravidez o en periodo de lactancia, con enfermedades preexistentes, mayores de sesenta (60) años en adelante, aquellos que cuenten con algún familiar que requiera cuidados especiales o que cuenten con menores bajo su cuidado exclusivo como consecuencia de la suspensión de toda actividad educativa, desde la fecha, presten servicios a la institución bajo la modalidad externa, previa comunicación fehaciente y de manera justificada de la circunstancia particular del caso;
3°) HABILITAR la recepción y tramitación de documentos a través del correo institucional: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y/o servicio de mensajería instantánea whatsapp: +595985-449309;
4°) AUTORIZAR la recepción de reposos o informes médicos a través del correo institucional y/o servicio de mensajería instantánea whatsapp, indicados en el punto anterior, debiendo el servidor público municipal una vez reincorporado a la institución, presentar el reposo médico o la constancia de análisis original respectivamente, sujeto a verificación;
5°) DISPONER que el protocolo de medidas preventivas ante el riesgo de expansión del coronavirus (COVID-19), tendrá una vigencia de 15 días, hasta el 26 de marzo de 2020; 6°) COMUNICAR a quienes corresponda y archivar.