Con el fin de incentivar a las personas que poseen vehículos retenidos por la Policía Municipal de Cambyretá, para que gestionen y obtengan las documentaciones exigidas por el ordenamiento normativo en materia de tránsito; y ante la necesidad de descongestionar el depósito municipal que alberga a dichos vehículos retenidos, los cuales para su custodia representan una elevada responsabilidad para la Municipalidad de Cambyretá.- Se resolvió:
➡️ESTABLECER un periodo especial de reconsideración para el pago de multas por contravención al Reglamento General de Tránsito del Distrito de Cambyretá, a partir de la promulgación de la presente Resolución, y por el término de sesenta (60) días corridos (desde el 17 de noviembre al 17 de enero).
➡️AUTORIZAR el cobro de una multa única, consistente en la suma equivalente a un (1) jornal mínimo legal para actividades diversas no especificadas en la capital de la República, en concepto de sanción contravencional por la comisión de faltas al ordenamiento normativo en materia de tránsito en el Distrito de Cambyretá.-
➡️DISPONER como requisito para lograr acogerse a los beneficios establecidos en la presente resolución, la presentación de la licencia de conducir vigente del supuesto infractor y/o su representante legal.-
➡️ADVERTIR que se encuentran exceptuados de los beneficios acordados en esta resolución aquellas faltas y/o contravenciones tales como: “Falta que haya causado un accidente produciéndose muerte, lesiones graves, o se haya puesto en inminente peligro la salud de las personas”, “Inobservancia a la señal de detención impartida por el Agente de la Policía Municipal”, “La conducción en estado de intoxicación alcohólica, estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales y/o en estado de agotamiento”, y “aquellos casos en donde se haya empleado el servicio de grúa para el traslado del vehículo cuya retención se dispuso”, “Cruzar cuando el semáforo está en luz roja”, y los casos de reincidencia en la comisión de la falta.-